El cumplimiento de los requisitos sanitarios y de identificación en los movimientos de mascotas tiene como fin evitar situaciones que puedan suponer un riesgo sanitario grave tanto para los animales como para las personas, y en particular en lo que se refiere a la rabia.
Los viajes con un máximo de hasta cinco mascotas, sin fines comerciales y acompañadas de sus dueños dentro y fuera de la Unión Europea requieren del cumplimiento de ciertos requisitos sanitarios y de identificación de los animales.
En el caso de viajar a países de fuera de la UE, hay que tener en cuenta que la mascota deberá cumplir con los requisitos del país al que se viaja, pero además hay que cumplir con las normas para reingresar en el espacio europeo con el perro, gato o hurón a la vuelta de las vacaciones. Con carácter general, para no encontrar problemas en la frontera al volver, los animales deberán estar correctamente identificados (microchip o tatuaje, si este es claramente legible y realizado antes del 3 de julio de 2011) e ir acompañados del Pasaporte Europeo de Mascotas, en el que constará la identificación y las vacunas válidas frente a la rabia de los animales. Además, es particularmente importante tener en cuenta que si el animal va a viajar a un país con riesgo de rabia, debe realizarse a la mascota un test serológico frente a la rabia antes de que salga la UE, y dicho test deberá tener un resultado de al menos 0.5 UI/ml.
Esta información también será reflejada en el mencionado pasaporte por el veterinario colegiado. Por otro lado, ya que las condiciones de entrada pueden variar según el país de destino, es recomendable acudir a un veterinario con la suficiente antelación. Desde el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente se recomienda consultar a un veterinario al menos dos meses antes del viaje si es dentro de la UE; y con una mayor antelación si el viaje se realiza fuera del espacio europeo.
En la página web del MAGRAMA está disponible toda la información sobre los requisitos necesarios, tanto si se viaja a España desde un país de la UE, desde España a un país de la UE, a un país no miembro de la UE, se vuelve a España después de visitar un país no miembro de la UE o si se desea introducir un animal de compañía desde un país no miembro de la UE en el siguiente link:
http://www.magrama.gob.es/es/ganaderia/temas/comercio-exteriorganadero/desplazamiento-animales-compania/Viajar-perros-gatoshurones.aspx
El incumplimiento de alguno de estos requisitos podría dar lugar a la retención de las mascotas en instalaciones de cuarentena, a su devolución al país de origen o incluso, como última opción, a la eutanasia; siendo el propietario del animal el que deberá correr con los gastos generados.